Panamá. Resolución en Defensa del Parque Nacional Volcán Barú

Written by | Observatorio Socioambiental, Panamá

RESOLUCIÓN

DE LAS ASOCIACIONES AMBIENTALES Y ECOLOGISTAS PANAMEÑAS EN DEFENSA DEL PARQUE NACIONAL VOLCÁN BARÚ

Panamá, 14 de febrero de 2021

CONSIDERANDO:

Que en la Gaceta No. 29218-A, del viernes 12 de febrero de 2021, salió publicado el Decreto Ejecutivo No. 59 de 4 de febrero de 2021 “Que ordena la expropiación por motivos de interés social urgente, a favor del Banco Hipotecario Nacional, de la finca inscrita en el Registro Público de Panamá, al Folio Real 30350455, propiedad de la Fundación Ramirín”, que se encuentra comprendida dentro del área protegida Parque Nacional Volcán Barú, de un gran valor ecológico y escénico que protege una diversidad biológica con especies únicas en esta área y cuyos ecosistemas de bosque ayudan a mantener el agua de los ríos y brindan oportunidades de turismo y recreación, entre otros servicios ecosistémicos, como el que brinda el ecosistema de sabana formado en este territorio, sobre la zona de lahar, único en el país, originado por las actividades volcánicas y del que solo una muy pequeña muestra de éste, está dentro del límite del Parque Nacional, aproximadamente 500 has de las que la expansión de los poblados de Bella Vista y Nuevo Bambito ocupan aproximadamente el 45% (unas 230 has), entre viviendas y agricultura. Por lo cual, el uso y usufructo de dicha área, se encuentran limitados y no se puede desarrollar un proyecto urbanístico de más de 100 viviendas con un impacto ambiental considerable que violenta las normas vigentes en dicho sitio, como pretende el Ejecutivo, cuando hay otras alternativas concretas y viables fuera del área protegida para dar respuesta a los damnificados.

Que dicho Decreto Ejecutivo No. 59, es contrario a principios superiores contenidos en el  artículo 119 de la Constitución Nacional, que obliga al Estado y a todos, a propiciar un desarrollo que evite la destrucción de los ecosistemas, que debe prevalecer y desconoce totalmente el Convenio de Diversidad Biológica en cuanto al mantenimiento de los sistemas necesarios para la vida de la biosfera, así como la Política Nacional del Ambiente contemplada en el artículo 4 numeral 2 de la Ley General de Ambiente, que obliga al Ejecutivo, a una eficiente y efectiva coordinación intersectorial para la protección y conservación de la calidad ambiental.Al no existir una coordinación intersectorial entre las carteras de ambiente y vivienda se desconoce el Principio de No Regresión en Materia Ambiental y el reciente Convenio de Escazú, pero sobre todo, la Ley del Parque Nacional Volcán Barú que no permite construcciones de alto impacto ambiental como la urbanización que se pretende adelantar en dicha área.

Que el Decreto No. 59, atenta contra el espíritu y letra de la Constitución, viola la ley, es contrario al respeto a la naturaleza y ampara un crimen ecológico sobre áreas protegidas de todos los panameños, cometiendo el Presidente de la República y el Ministro de Vivienda, abuso de autoridad, extralimitación de funciones, delitos ambientales y desviación de poder, conforme lo establecido en las normas penales y el artículo 162 de la Ley 38 del 2000. Es preocupante y lamentable la falta de transparencia en este tema y exigimos a las autoridades actúen responsablemente y apegados a la ley. Nos solidarizamos plenamente con los damnificados y no dudamos que existen otras opciones para solucionar el problema.

Que el Decreto No. 59 atenta directamente contra el Ecosistema de Sabanas de Tierras Altas, donde un pequeña parte está dentro de los límites del parque, que es de por sí, un ecosistema endémico con al menos una especie totalmente única como lo es el “arándano volcanero” –Gaultheria chiriquensis. También es el hogar de un soterrey sabanero, una especie muy rara y hasta la fecha, en Panamá, sólo ha sido observado en este ecosistema único hace muchas décadas. Recordamos que las sabanas constituyen las formaciones secas, herbáceas y arbustivas como los Llanos de Volcán que son una forma de sabanas de las “altiplanicies interiores”, de la región mesoamericana, con un régimen de lluvia y humedad y factores geológicos, más la altitud sobre el nivel del mar que las ha configurado como un ecosistema especial en toda Centroamérica.

RESOLVEMOS:

1. RECHAZAR el Decreto No. 59 que promueve que se cometa un crimen ecológico en los ecosistemas naturales del Parque Nacional Volcán Barú, especialmente el Ecosistema de Sabanas de Tierras Altas.

2. DENUNCIAR la falta de transparencia y coordinación intersectorial en la gestión pública, al momento en que entra en vigencia un Decreto Ejecutivo que ignora los principios constitucionales, los convenios internacionales y normas que rigen el Sistema Nacional de Áreas Protegidas contenidos en la Ley General de Ambiente.

3. SOLICITAR el apoyo irrestricto de la comunidad nacional e internacional en la defensa y protección de los bienes patrimoniales nacionales que están en riesgo con el Decreto No. 59 de 4 de febrero de 2021.

4. CONDENAR de manera enérgica las constantes agresiones y amenazas a los activistas ambientales, quienes han actuado de manera responsable y pacífica para garantizar la conservación del Parque Nacional Volcán Barú y el respeto al derecho a la vida y a un ambiente sano.

4. SOLICITAR al Ministro de Ambiente, Milciades Concepción que tome acciones concretas para respetar la integridad del Parque Nacional Volcán Barú, que se ve amenazada con este Decreto que desconoce el derecho de las presentes y futuras generaciones al beneficio y al producto de los bienes y servicios ambientales que le pueden brindar los ecosistemas y las especies existentes en el Parque Nacional Volcán Barú.

5. EXHORTAR al Presidente de la República Laurentino Cortizo, al Ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial Rogelio Paredes, a que desistan de esta desacertada decisión que promueve la destrucción de nuestras áreas protegidas y la violación del ordenamiento jurídico nacional e internacional, el debilitamiento de la gobernanza y gestión de nuestras áreas protegidas, y además el irrespeto a los compromisos internacionales en materia de conservación ambiental. Es importante que se viabilicen las otras alternativas propuestas por organizaciones ambientales y ciudadanos preocupados para que se cumpla con el plan de reubicación sin afectar el Parque Nacional Volcán Barú.

6. GARANTIZAR alternativas donde se evalúen todos los aspectos ambientales y donde tampoco haya riesgos que impidan por aspectos legales o de protección civil las otras opciones propuestas por organizaciones ambientales y ciudadanos preocupados para que se cumpla con el plan de reubicación sin afectar el Parque Nacional Volcán Barú.

Las organizaciones abajo firmantes invocamos a la población a cuidar esta área protegida y ratificamos nuestro firme compromiso en la defensa del Parque Nacional Volcán Barú, uno de los parques más vulnerables por su tamaño que es además bastión ambiental y reservorio de biodiversidad clave del país y de la Provincia de Chiriquí. 

Instamos a toda la sociedad a participar de su defensa y a respetar en Estado de Derecho éste y todas las áreas protegidas y áreas de rica biodiversidad, por lo que continuaremos vigilando y denunciando las amenazas contra el ambiente y la vida digna de nuestra nación, presentando de ser necesario, las denuncias criminales y los recursos pertinentes, en el presente caso, contra los responsables de estos actos alejados del Estado de Derecho pleno.

Suscribimos:

Alianza para la Conservación y el Desarrollo (ACD)

Asociación de Derecho Ambiental

Asociación Ecologista Panameña

Federación de Asociaciones de Profesionales de Panamá (FEDAP)

Fundación para el Desarrollo Integral, Comunitario y Conservación de los Ecosistemas en Panamá (FUNDICCEP)

Centro de Pensamiento para el Desarrollo Sostenible

Proyecto Primates Panamá

Colectivo Voces Ecológicas (COVEC)

Chiriquí Natural

Asociación Ambientalista de Chiriquí

Comité Pro Defensa del Parque Nacional Coiba

Mujeres Defensoras del Bosque de la Comarca Emberá Wounaan

Asociación de Comunidades del Área del Canal (ACAC)

Grupo Cívico de Tierras Altas

Guardianes Forestales de Bella Vista

Organización de Base Comunitaria Cerro San Cristóbal de Natá

Asociación de Ecoturismo y Medicina de Salud

Movimiento Biocrático Panameño (MOBIOPA)

Asociación Ambiental de Residentes de Coco del Mar y Viña del Mar

Red Nacional en Defensa del Agua 

Asociación de Ciencias Biológicas BioFuture Panamá

Bio Turismo de Tierras Altas

Fundación Naturaleza y Ciencia 507

Asociación de Residentes de Quarry Heights

Comité Pro Defensa del Cerro Ancón

Consumo Ético

Frente Santeño contra la Minería

Movimiento MI MAR

Alianza de Jóvenes Ambientalistas de Panamá

Amigos del Parque Internacional La Amistad (AMIPILA)

Asociación para la Conservación de la Biosfera (ACBiosfera)

Asociación Ecologista de Productores Orgánicos de Rovira (ASEPOR)

Asociación para el Desarrollo Ambiental de Tierras Altas (ADATA)

Centinelas del Volcán Barú

Coordinadora para la Defensa de Tierras y Agua

Guardianes de los Ríos

Fundación Tierras Altas Recicla

Movimiento Victoriano Lorenzo (MVL)

Movimiento por la Defensa de los Territorios y Ecosistemas de Bocas del Toro

Cruces Trails

Last modified: 16/02/2021

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