El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) exigió a la Sala Primera del Tribunal de Sentencia de Honduras no dilatar la sentencia en contra de los autores intelectuales del asesinato de la ambientalista Berta Cáceres.
Asimismo, pidió al Estado hondureño a cumplir con “su obligación de investigar, juzgar y sancionar a todas las personas responsables por la autoría intelectual del asesinato”.
“El caso de Berta Cáceres continúa representando la grave situación de violencia e impunidad que enfrentan las personas defensoras del territorio y de los derechos humanos al ejercer su labor en la región latinoamericana”, denuncia CEJIL.
De acuerdo con la organización, garantizar justicia y romper con la impunidad en el caso de Cáceres, resultará vital para que no se repitan otros hechos similares.
Como se informó, en noviembre del 2018 se emitió un fallo oral en el primer juicio por el asesinato de la lideresa indígena lenca. Así, el Tribunal condenó a siete personas responsables por la autoría material del crimen.
Dicha sentencia reconoció el rol de los ejecutivos de la empresa Desarrollos Energéticos S. A. (DESA) en la planificación del asesinato.
Aunque CEJIL considera el primer fallo como un avance hacia el reconocimiento de la verdad del caso y la exigencia de justica, mostraron su preocupación ante la falta de una sentencia firme en contra de los autores materiales del crimen.
“Recordamos que es un deber de los jueces y juezas el dirigir y encauzar el procedimiento judicial con el fin de garantizar el acceso de las víctimas a la justicia en plazos razonables”, exhorta.
Asimismo, denuncia que a más de tres años del asesinato, solo el gerente general de la empresa DESA, David Castillo, fue detenido por la autoría intelectual del crimen.
“El resto de personas que comprenden la estructura criminal, responsable de planificar y financiar el asesinato se mantienen impunes, pese a existir prueba que les vincula y que el mismo Tribunal reconoce en su fallo”, advierte.
Tomado de: www.desinformemonos.org
Last modified: 01/06/2019