En un comunicado del 21 de mayo de 2018, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), hizo públicas las observaciones preliminares de la visita de trabajo a Nicaragua, que inició el 17 de mayo pasado, y cuyo objetivo fue observar en el terreno de manera preliminar la situación de los derechos humanos en el país en relación con los hechos violentos que han tenido lugar a partir del 18 de abril de 2018, documentar estos hechos y emitir las primeras recomendaciones concretas al Estado.
La CIDH trabajó en tres equipos, visitó cuatro ciudades, instalaciones estatales, centros de salud, hospitales, el Instituto de Medicina Legal y centros de detención, esto sumado a la instalación de una Sala de Coordinación y Respuesta Oportuna.
El comunicado evidencia graves violaciones de derechos humanos durante un mes de protestas, caracterizadas por el uso excesivo de la fuerza por parte de cuerpos de seguridad del Estado y de terceros armados, dejando un salfo de al menos 76 personas muertas, 868 resultaron heridas en su mayoría en el contexto de las protestas. De estas últimas, cinco permanecen en hospitales en estado de gravedad. Asimismo, 438 personas fueron detenidas, entre estudiantes, población civil, defensoras y defensores de derechos humanos y periodistas.
La Comisión urge al Estado de Nicaragua a que adopte las medidas necesarias para garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos a la libertad de expresión, reunión pacífica y participación política, y que investigue estos hechos, además de juzgar y sancionar a sus responsables, y reparar a las víctimas de violaciones a derechos humanos.
Entre los hechos citados como antecedente de las protestas, se desprende el incendio en la reserva natural de Indio-Maíz; y como catalizador de la situación el hecho de que el 16 de abril el gobierno publicara en el Diario Oficial una reforma a la seguridad social que incrementó los aportes de trabajadores y empleadores y que también estableció una detracción del 5% a los pensionados. Lo anterior, sumado a la dispersión de una manifestación de personas adultas mayores, produjo protestas generalizadas lideradas por grupos de estudiantes y jóvenes, así como también sectores de trabajadores, campesinos, ambientalistas, defensoras y defensores de derechos humanos, y ciudadanos en general. Sin perjuicio de que cinco días después el gobierno retiró la reforma al sistema de seguridad social, las protestas continuaron y se extendieron debido al descontento de amplios sectores de la sociedad con el gobierno actual. Posteriormente, la falta de reconocimiento y condena del gobierno en relación con la represión desatada también produjo una mayor indignación.
Las zonas mayormente conflictivas donde se registraron los incidentes son la ciudad de Managua, León, Estelis, Matagalpa, Masaya, Sébaco y Jinotega.
La respuesta represiva, señala el comunicado, incluyó medidas de censura contra la prensa, el bloqueo y ataques al funcionamiento de medios de comunicación en Internet, como represalia por su cobertura de las protestas.
Según información recibida, el 18 de abril, se suspendieron las transmisiones de Canal 12, Canal de Noticias de Nicaragua (CDNN23), Telenorte y Canal 51, este último de la Conferencia Episcopal. El canal 100% Noticias estuvo 6 días sin transmisión, lo que le impidió sacar al aire programas percibidos como contrarios a los intereses del gobierno; y el 23 de abril, la edición digital del semanario Confidencial sufrió un bloqueo durante siete horas. El periodista Ángel Gahona fue asesinado el 21 de abril en Bluefields mientras cubría los disturbios.
Por otra parte, el informe contiene información de que en algunos casos los manifestantes hicieron uso de morteros caseros con pólvora, piedras y hondas, y que el gobierno afirma que existen grupos vandálicos y criminales que operan en el marco de las protestas y tomas de universidades, y que han ocasionado daños a bienes públicos y privados. También se recibió información sobre ataques de terceros armados a parroquias de la iglesia católica, como por ejemplo las parroquias de Matiguás y Sébaco.
La CIDH también documentó un patrón de detenciones masivas y arbitrarias ocurridas. Según datos aportados por el Estado, 438 personas fueron aprehendidas mediante el uso de la fuerza y llevadas a unidades de policía, como El Chipote, de las cuales 209 fueron trasladadas a la Cárcel Modelo de Tipitapa, tras dos días de incomunicación y los restantes puestos en libertad.
De acuerdo con centenares de testimonios ante la CIDH, la represión estuvo a cargo de la Policía Nacional, sus fuerzas antimotines y grupos parapoliciales, que actuarían con el apoyo de agentes estatales. Según numerosos relatos, estos grupos armados serían convocados para tareas de amedrentamiento, vigilancia y actos violentos contra los manifestantes. Por otro lado, la CIDH observa que el Ejército anunció que no participaría en el control de la protesta social y que realizaría la protección y seguridad a las entidades e infraestructuras vitales para el funcionamiento del país.
La documentación y los testimonios recogidos también permitieron concluir que la Policía Nacional y la fuerza antimotines utilizaron armas de fuego, pistolas de balas de goma y gases lacrimógeno en forma indiscriminada para disolver protestas y manifestaciones, sin hacer uso de protocolos para regular el uso proporcional de la fuerza, aunque la policía tendría formación en el uso de los mismos.
La CIDH también tuvo conocimiento que la Asociación Médica Nicaragüense condenó, a través de un comunicado que varios hospitales de Nicaragua habrían negado atención médica de urgencia a los heridos en las manifestaciones iniciadas el 18 de abril pasado. Según denuncias allegadas, habrían existido órdenes administrativas en los hospitales públicos para restringir el acceso de la atención a heridos y obstaculizar el acceso a la información. Además, un grupo de bomberos denunció que se les habría impedido sacar a la calle las ambulancias oficiales. No obstante se permitió el trabajo a los bomberos con carácter de voluntario, aunque estos denunciaron no haber contado con la debida protección para asistir a los heridos.
A la luz de las observaciones preliminares, la CIDH instó al Estado de Nicaragua a implementar 15 recomendaciones iniciales, entre
estas:
1.Respetar y garantizar el goce pleno del derecho a la protesta, a la libertad de expresión, a la reunión pacífica y a la participación política de la población.
2.Crear un mecanismo de investigación internacional sobre los hechos de violencia ocurridos, con garantías de autonomía e independencia para asegurar el derecho a la verdad e identificar debidamente a los responsables.
3.Adoptar medidas para investigar diligentemente, juzgar y sancionar a los responsables de todos los actos de violencia cometidos durante las protestas. Asimismo, respetar las garantías del debido proceso de las personas que permanecen detenidas.
4.Asegurar que los operativos de seguridad respecto a protestas y manifestaciones se ejecuten según los protocolos de actuación acordes con los estándares internacionales relativos al uso de la fuerza por agentes encargados de hacer cumplir la ley.
5.Desmantelar los grupos parapoliciales y adoptar medidas para impedir que sigan operando grupos de terceros armados que atacan y hostiguen a la población civil.
6.Garantizar el respeto de la independencia de los medios de comunicación y abstenerse de aplicar la censura previa por parte de cualquier órgano estatal.
7.Exhortar a las autoridades estatales a abstenerse de hacer declaraciones públicas que estigmaticen a manifestantes, defensores de derechos humanos, periodistas o a utilizar los medios estatales para hacer campañas públicas que puedan incentivar la violencia contra las personas por razón de sus opiniones.
8.Ratificar todos los instrumentos internacionales de derechos humanos aún pendientes de ratificación, en particular la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General, a título personal, y no representan sus países de origen o residencia, y tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región.
Last modified: 21/05/2018