La Dirección de Recursos Minerales (DRM) del MICI es una ficción; no cuenta con la organización técnica administrativa ni con los recursos científicos técnicos para los cuales ha sido supuestamente creada.
En la primera parte de nuestro escrito lo dedicamos a demostrar como la DRM del MICI carece de la estructura administrativa para regir la minería en nuestro país, lo demostramos a través de la estructura de personal y dejamos para los expertos en ciencias de la administración el análisis de los otros aspectos de la administración los cuales ratificaran mi afirmación. No fue de ninguna forma nuestra intención pedir que se aumentara el personal ni la mejora de sus condiciones laborales para que funcionen adecuadamente en beneficio de la minería metálica muy por el contrario pensamos que la minería metálica no debe existir en nuestro país. Propugnamos por que Panamá siga el camino trazado por El Salvador, Costa Rica y Honduras, y declare nuestro territorio “País Libre de Minería Metálica a Cielo Abierto”. De igual manera pensamos que el gobierno debe tener un laboratorio adecuado y responsable para el control de los recursos minerales.
El código de Recursos Minerales (CDRN) ha sufrido veintisiete modificaciones a través de las que se anexaron partes del muy aberrante contrato de Petaquilla SA sin corregir nada de las malas cláusulas que existen en el CDRM. A continuación, y como ejemplo expongo dos de estas malas cláusulas que no han sido corregidas a lo largo de estas veintisiete modificaciones; en el Capítulo 1 de Objetivos de la minería, no se prevé que al estado, ni a los ciudadanos nos toque ningún beneficio de la explotación minera. Sumado a esto, el Capítulo Séptimo, artículo 80 se especifica textualmente “Las muestras minerales será, en la medida de lo posible, de suficiente tamaño para permitir que los empleados autorizados puedan tomar pedazos de las mismas. Las concesionarias deberán enviar a la Dirección de Recursos Minerales partes de las muestras que esta solicite”. Se desprende del texto de este artículo que el pedido de la muestra es casi a ruego, “en la medida de lo posible”, de igual manera quien determina la naturaleza y tamaño de la muestra es la concesionaria, enviará “partes de las muestras que esta solicite”
Cualquiera supondría que el MICI a través del LDRM monitorea acuciosamente los minerales que salen del país a través del puerto de Punta Rincón, o por vía aérea; nada más alejado de la realidad; en la DRM no queda ni siquiera una factura de la riqueza que se llevan en metales. Desde el punto de vista legal el CDRM no contempla y por ello no encontraremos ningún método para una real fiscalización o control de lo que en las minas ocurre; el descontrol por parte del estado es total, no existen los protocolos para ningún tipo de supervisión, no se supervisan las obras civiles, no supervisan los hechos ambientales por lo que no hay diagnostico ambiental, no se supervisan los controles contables, las obras de depósitos de los áridos y las gangas no han sido vistas por el estado, la supervisión médica es ineficiente, la supervisión de lo que se embarca es imaginaria; como afirmamos en este párrafo y como recalcamos ahora, la situación existente es totalmente legal ya que el código no prevé ninguno de estos controles situación excelente y propicia para los que hoy medran en solitario de nuestros recursos mineros.
Por el COVID 19 no fue posible que viéramos el laboratorio de la DRM y como nunca tuvimos respuesta del MICI a las preguntas que hicimos, nos basaremos solamente en un panfleto que se nos suministró en la recepción de dicho laboratorio. Resalta en primer lugar que entre los equipos del panfleto no se menciona la existencia de un aparato para la difracción de RX, ni de difracción por fluorescencia lo que nos permite especular que los geólogos hacen sus análisis petrográficos lupa en mano.
El panfleto en cuestión nos muestra una lista de servicios divididos en pruebas físicas (% de humedad, granulometría, etc.), análisis químico (óxidos totales, análisis de cementos, análisis de oro y plata, análisis elemental de cobre, zinc, etc.) análisis químico de aguas superficiales (pH, dureza, oxígeno disuelto y 12 pruebas más); afirman tener desde 2009 la acreditación de la norma técnica DGNTI-COPANIT ISO/IEC 1725; estos servicios se ofrecen a la comunidad nacional en general. ¿Qué porcentaje se dedica a servicio al público y cuanto a la observación y seguimiento de la industria minera? Es una pregunta por contestar.
Siempre según el panfleto, el laboratorio realiza pruebas químicas de (Fe2O3, SiO3, AlO3, CaO, MgO, Na2O, SO3, K2O, SO3/S, P, I) y en el análisis de cementos se repiten los mismos cationes. Realizan también análisis de trazas por metodología de absorción atómica, análisis de metales preciosos mediante ensayo al fuego con determinaciones gravimétricas y espectrométricas y análisis geoquímico de (Pb, Mg, Cu, Mo y Ni) en total pues los elementos metálicos que se analizan son once; hierro, silicio, aluminio, calcio, magnesio, sodio, potasio, plomo, cobre, molibdeno y níquel. Cabe aquí resaltar que no se realizan análisis de los metales de la familia del platino, metales entre los que destacan por su alto precio, el rodio (18,750.00 US $ / OZ) y el paladio (2358.0 US $ / OZ) no sin decir que el precio de los otros miembros de la familia, el rutenio (625.00 US $ / OZ) , el renio (2,750 US $ / OZ) el osmio(334,0 US $ / OZ), el iridio (5,100.00 US $ / OZ) y el platino (977.00 US $ /OZ) como se deja ver estos metales tienen precios hasta mil veces por encima del cobre (12.86 US $ / OZ). Tampoco se analizan los metales del grupo de las tierras raras, el escandio, itrio, lantano, cerio, praseodimio, neodimio, prometio, samario, europio, gadolinio, terbio, disprosio, holmio, erbio, tulio, iterbio, y lutecio; a esto hay que sumar los metales tantalio y niobio vitales ´para la fabricación de celulares.
En el panfleto solo figuran como metales valioso el oro y la plata, deja claro que el laboratorio del MICI solo ha buscado en las muestras que les envían desde las minas como valiosos el oro ( 1,943.17 US $ / Oz) y la plata (23.46 US $ /Oz) ya que son los únicos que menciona como metales preciosos; que decir del gran valor de los metales de la familia del platino de las tierras raras y muchos otros metales importantes por su valor y que describimos en el párrafo anterior, no hacer estos análisis es regalar nuestra riqueza para que los países desarrollados sigan siendo cada vez países más ricos a costillas de nuestros bienes. Es un deber del laboratorio decir que minerales y cuanto de cada uno de ellos sale en el embarque. Es deber del ministerio garantizar que el laboratorio pueda cumplir con estas tareas.
Resulta en extremo absurdo que personal del ministerio no fiscalicen cada embarque de mineral que sale del país, las muestras deben ser tomadas por personal del laboratorio utilizando técnicas acreditadas y adecuadas de muestreo; mediante un protocolo de muestreo estandarizado de comprobada eficiencia por su uso en otros estados mineros después de esto el laboratorio debe dictaminar el valor del mineral a exportar y formalizarlo en una factura; el actual sistema en donde las muestras llegan escogidas por la minera al laboratorio no garantiza otra cosa que la perdida de los bienes que corresponden al país. Este sistema le garantiza a la mina decidir cuanto pagar al estado ya que este no tiene ningún control.
El LDRM es el ente responsable, el designado veedor y fiscalizador de los metales que salen del país una vez que son extraídos de nuestras minas, el que no posean los métodos y los equipos de análisis es una irresponsabilidad de quienes administran y han administrado el ministerio de comercio, creo que el único país de América que no tiene interés en conocer y establecer control sobre sus recursos minerales es Panamá, como es posible que se diga que una empresa es responsable de la minería y no el estado, como es posible que el estado no tenga protocolos de muestreo y embarque que garanticen que se nos pague honradamente el mineral que sale del país.
Las circunstancias me hacen suponer que la cantidad de análisis que se realizan de lo que sale de las minas son muy pocos que se investigan solo esos once metales que arriba mencionamos. Sería muy fácil saber cuántas muestras se tratan mensualmente en el laboratorio mediante un audito de los gases (acetileno, hidrogeno, oxigeno, óxido de nitrógeno y argón) que se han gastado en el periodo, de igual manera se puede estimar por la cantidad de agua regia y reactivos químicos que se ha gastado en el periodo.
Urge establecer controles químicos suficientes y adecuados, que el LDRM pase a ser garantía de una correcta supervisión, nombrar inspectores para la minería no metálica y que el estado obtenga algún beneficio económico de esta minería ya que lo que esta aporta no da para sostener la DRN, estimo que esta debe ser autosostenible.
Muestra premisa inicial (ver el encabezado) es que el Laboratorio de Recursos Minerales no tiene los recursos para atender las demandas que el sector minero del país requiere, este laboratorio es pues una ficción, de allí que podamos concluir que es un laboratorio sin recursos.
En base a los dos artículos expuestos por este medio podemos llegar a conclusiones muy interesantes y porque no debe existir la minería metálica en Panamá y el por qué las rondas de conversaciones para un nuevo contrato minero no arrojan nada bueno para la nación. Esto lo analizaremos en nuestra entrega del próximo jueves. Hasta entonces.
Por: Sergio Sánchez Silvera. Periodista. [email protected]
Last modified: 28/04/2022